
Cierre Mercado de Granos MCH
Trigo Salto Rojas
dispo $ 41.700.-
Trigo Lagos
dispo $ 40.000.-
Trigo San Martín
dispo $ 41.500.-
Trigo NUEVO San Martín
diciembre usd 272.-
enero usd 272.-
Maíz Arrecifes
disponible $ 32.300.-
Maíz Ramallo Lagos
disponible $ 31.500.-
Maíz San Martín
disponible $ 32.300.-
Maíz NUEVO Lagos Ramallo
marzo usd 235.-
abril usd 230.-
mayo usd 225.-
Soja Lagos
disponible $ 72.500.-
sustentable $ 72.780.16
Soja San Martín
disponible $ 72.500.-
Soja NUEVA Rosario Timbúes
mayo 2023 usd 364.-
Soja NUEVA Lagos
mayo 2023 usd 362.-
Sorgo Las Palmas
disponible $ 32.900.-
Sorgo Timbúes
disponible $ 32.900.-
Girasol Junín San Jerónimo
disponible $ 71.300.-
Dólar BNA 140.08 / 140.28 +0.90%
Dólar Soja $ 200.-
El dólar 200. Resumen del Decreto 576/2022
Con el Decreto 576/2022 se oficializa la creación del Programa de Incremento Exportador, siendo un esquema de adhesión voluntaria que está destinado a todos los agentes que hayan exportado en los últimos 18 meses previos a la publicación del documento en el Boletín Oficial. Para ingresar a este programa los exportadores además deben tener registradas DJVE de soja o derivados (aceites, harina, pellets o biodiesel), ya sea antes o después de la entrada en vigencia del presente decreto.
El principal efecto de este esquema, que durará hasta el 30 de septiembre, es que con la registración de las DJVE se liquidarán las divisas para el pago de mercaderías a un tipo de cambio de $ 200 por dólar estadounidense, valor superior al tipo de cambio Banco Nación. Asimismo, aquellos sujetos que adhieran al programa deberán efectuar pagos por Derechos de Exportación y demás tributos al tipo de cambio excepcional y transitorio.
Por otra parte, este mismo Decreto crea el Fondo de Incremento Exportador, dirigido a financiar la alimentación de personas en situación de extrema vulnerabilidad y programas de estímulo a la producción y el desarrollo de productores de escala pequeña y mediana. La proporción que se destinará a este fondo será establecida por el Ministerio de Economía. Este fondo será constituido por las sumas que el Estado Nacional efectivamente perciba, de manera incremental, en concepto de derechos de exportación por las mercaderías que contempla el decreto.
En adición, se plantea que aquellos productores que vendan el 85% de la producción de cosecha 2021/22 y con precio perfeccionado o fijado antes del 30 de septiembre, van a poder acceder a beneficios en la próxima campaña de soja (2022/23). Asimismo, debe resaltarse que no se aclara qué beneficios específicos se tendrían el año que viene.
Además, en los Mercados de Futuros, la entrega del activo subyacente correspondiente al cumplimiento de contratos de Futuros de Soja y la negociación denominada “Disponible”, en ambos casos, que se realicen desde la entrada de vigencia del decreto y durante septiembre de 2022, serán facturadas considerando el contravalor de $ 200.
Como contraparte de estas disposiciones se contempla la emisión de letras de deuda en dólares a 10 años para cubrir la diferencia patrimonial de las operaciones del Decreto 576/2022 acaecidas al Banco Central de la República Argentina (BCRA).