Alerta tributaria: pedidos de información realizados por la Afip no contestados a tiempo podrían derivar en una recategorización en el SISA

Las autoridades de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) comenzaron a enviar de manera aleatoria solicitudes de envío de datos referidos a la cosecha agrícola 2019/20 en curso

“En caso de que a la fecha no esté culminado el proceso completo de cosecha, se solicita informar en esta oportunidad solamente la producción obtenida y cantidad de hectáreas correspondientes que la originaron a este momento”, señala la comunicación de la Afip enviada a empresarios agrícolas de diferentes regiones productivas.

“La producción obtenida con posterioridad, correspondiente a las hectáreas no cosechadas (sic), deberá informarse cuando aquel proceso se concluya”, añade la comunicación. El plazo para contestar el requerimiento es de diez días.

La normativa vigente dispone que la cosecha (“existencias” de granos) deben informarse durante el mes de octubre porque, precisamente, la cosecha gruesa se encuentra finalizada para entonces.

El dato es que el hecho de solicitar información parcial en plena cosecha gruesa constituye un riesgo para aquellos productores que no cuentan con un servicio contable profesional, pues, en caso de no cumplir con el requisito en el plazo estipulado, podrían ser degradados en el ranking tributario del Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA).

En el SISA los empresarios agrícolas son clasificados en tres categorías. La primera de ellas, denominada “Estado 1”, comprende a aquellos contribuyentes que no hayan presentado incumplimientos formales en los últimos 24 meses seguidos, mientras el “Estado 2” es para aquellos que hayan tenido algunos incumplimientos en ese período.

En cuanto al “Estado 3”, el mismo le corresponderá a aquellas personas o empresas que no cumplen con la presentación de declaraciones juradas o presentaciones de regímenes de información en los plazos previstos, requerimientos vencidos y/o pendientes de cumplimiento, procesos judiciales y quiebras decretadas, entre otros factores.

A los productores categorizados como “Estado 1” se les retiene el 5% del IVA con una devolución también del 5% en un plazo de 45 días. En lo que respecta a los productores “Estado 2”, se les retiene el 7% con una devolución del 6%, mientras que a aquellos comprendidos en el “Estado 3” les corresponde una retención del 8% del IVA

En lo que respecta al impuesto a las Ganancias, los operadores categorizados en el «Estado 1» no sufren retenciones, mientras que en el «Estado 2» la misma es del 2% y en el «Estado 3» del 15%.

Por lo tanto, en caso de que los múltiples pedidos de información no contestados a tiempo generen una progresiva recategorización descendente de empresas agrícolas en el SISA, se evidenciaría un aumento de la presión tributaria sobre el sector.

Fuente: Valor Soja